3. Licencia de primera ocupación.
Una vez terminada la obra, el Arquitecto Y Arquitecto Técnico del promotor realizará el Certificado Final de Obra. Con el mismo se solicitará la licencia de primera ocupación y el alta en los servicios de agua y alcantarillado, en el caso, de que el solar no constase con dichos servicios (el alta en cada uno de los servicios es de 120.20 €, y caso de no solicitarse se procederá al cierre del enganche provisional de obra).
El Arquitecto Municipal realizará una inspección a la obra que tendrá por objeto:
a) Comprobar que el edificio construido y la urbanización realizada simultáneamente, en su caso, se han realizado con arreglo al proyecto técnico y la licencia urbanística concedida en su día.
b) Cerciorarse de que lo construido reúne las condiciones de habitabilidad e higiene.
c) Confirmar que el edificio puede destinarse a determinado uso.
d) Asegurarse que el constructor ha repuesto, caso de haberlos dañado, los elementos y el equipamiento urbanístico afectados.
Tras ello, se concederá la licencia de primera ocupación y el alta en los servicios de agua y alcantarillado, pudiéndose solicitar el alta en la luz, el teléfono y el gas.