Acta de pleno ordinario de 27 de Septiembre de 2007

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES EL DIA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2007.

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Salas de los Infantes, siendo las veinte horas y veinte minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil siete, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Presidente D. Fernando Castaño Camarero, y con asistencia de los Sres. Concejales reseñados al margen, se reunió el Pleno de la Corporación Municipal de Salas de los Infantes, previa convocatoria cursada al efecto, con el objeto de celebrar Sesión ordinaria en primera convocatoria. Asiste y da fe del acto el Secretario D. José Luis Miguel Angulo

A la hora indicada y con el número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria el Sr. Alcalde declara abierto el Acto Público.

El Alcalde excusa la asistencia de D. Rodrigo Izquierdo Rojo, D. Romualdo Pino Rojo y D. Francisco Azúa García.

I.- PARTE RESOLUTORIA.

1. APROBACIÓN ACTA DE SESIÓN DE FECHA 26 DE JULIO DE 2007, 30 DE JULIO DE 2007 Y SESIÓN DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2007.

El primer punto del orden del día es la aprobación de las actas de fecha 26 de julio de 2007, 30 de julio de 2007 y 14 de septiembre de 2007. Han sido remitidas a los diferentes concejales por si quieren añadir alguna cuestión o corregir algo a las mismas. No habiendo ningún comentario al respecto se procede a la votación para la aprobación de todas ellas aprobándose por unanimidad de todos los concejales presentes en las mencionadas sesiones.

2. BONIFICACIÓN ICIO PATRONATO SANTA MARÍA LA MAYOR.

El Sr. Alcalde explica que antes de la nueva ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras existía un vacío legal para este tipo de entidades. Con la redacción de la nueva ordenanza se regula que las obras de interés social o utilidad municipal tendrán una bonificación del 95%. Es competencia del pleno tal y como recoge la ordenanza. Cede la palabra al portavoz socialista quien está de acuerdo con lo señalado por el Alcalde. Sometida la cuestión a votación, por unanimidad de todos los concejales presentes se adopta el siguiente acuerdo:

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.

Primero. Vista la solicitud de bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, efectuada por D. Francisco Alonso merino en representación del Patronato Santa María la Mayor, por la licencia para adosar un montacamas al edificio actual.

Segundo. De conformidad con el artículo 10 de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras vigente que señala lo siguiente:

“Art. 10-.1 Se recogen las siguientes bonificaciones del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras en la presente ordenanza y conforme a lo dispuesto en el artículo 103. 2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales:

a) Una bonificación a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros. La bonificación a favor de las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales se establece en el 95%.

Tercero. Visto el informe de Secretaría, Arquitecto y el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Servicios y Medio Ambiente.

Y en base a lo anterior, se adopta el siguiente ACUERDO:

Primero. Otorgar una bonificación del 95% al patronato Santa María la Mayor, en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, para la construcción de un montacamas en el edificio existente de Salas de los Infantes, por concurrir circunstancias sociales que justifican tal declaración.

Segundo. Notificar a los interesados.

3. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS 2/2007.

El Sr. Alcalde explica que existen ocho facturas de ejercicios anteriores y es competencia del Pleno su aprobación. Han sido dictaminadas favorablemente por la Comisión Informativa de Hacienda. Cede la palabra a los diferentes portavoces. La Sra. Arroyo Ortega comenta que el dictamen de la Comisión de Hacienda fue favorable tras analizar el expediente. El Sr. González García explica que en esa Comisión estuvo presente su compañero de grupo el Sr. Arévalo Izquierdo. El Sr. Arévalo Izquierdo comenta que se revisó en la Comisión de Hacienda donde se solicitaron los albaranes de una de las facturas. La Sra. Arroyo explica que se han pedido los albaranes que constan en el expediente y que tiene la conformidad de uno de los concejales. La empresa ha presentado una nueva factura porque en su día se extravió la anterior. El Sr. González García comenta todas las facturas son de escasa cuantía salvo una de fecha 21 de agosto de 2000 que proviene de un gasto efectuado en 1998. Ha sido un gasto diferido a lo largo de 9 años. Hay varias cuestiones a aclarar. La primera es que no entendemos el motivo por el que no hay un reparo por parte de intervención puesto que el importe no coincide con la multiplicación. No se conoce el encargo, hay tachaduras en el concepto de la obra. No hay certificación técnica, en la conformidad no consta fecha ni firmante. No consta como copia de factura tal y como ha reflejado la concejala portavoz del PP. ¿Cómo cotejar entonces esa factura con la extraviada? La propuesta es que se devuelva a la Comisión y se vuelva a estudiar. La concejala de Hacienda solicita aclaración al interventor. El interventor comenta que en el informe de intervención se hace constar todo lo concerniente a las facturas incluidas en el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. Señala que existe un RD estatal sobre las condiciones que deben tener las facturas emitidas ante las Administraciones Públicas que de ser tenido en cuenta por la intervención del Excmo. Ayuntamiento de Salas de los Infantes evitaría que se aprobasen multitud de facturas especialmente de aquellos pequeños empresarios de la localidad por no reunir todos los condicionantes que ese RD señala. Además el Sr. interventor comenta que esa factura sí se recoge en el registro de facturas del Ayuntamiento, pero no existe físicamente. Esta secretaría no sabe lo que ha ocurrido en esas fechas, pero sí conoce una factura registrada y no aprobada. No consta el pago de la factura y por ello se solicita copia. El informe recoge que esa factura relativa al Camino de Castrovido si se imputa a la partida presupuestaria de las obras del Camino de Castrovido dejaría a esta sin consignación económica para hacer frente a las diferentes certificaciones que deben ser aprobadas posteriormente como consecuencia de la ejecución de la obra. El Sr. Heras Ibáñez comenta que el camino de Castrovido se adecuó con zahorra por esos años. El Sr. González García explica que nadie pone en duda que se haya hecho o no esa obra. La factura original es del año 1998 y aquí no aparece que la presentada sea copia de la factura del año 2000. La Sra. Velasco Cuesta explica que la factura era del año 1998 y que debe constar en el archivo. Parece ser que hubo una anulación de esa factura de 1998 y se volvió a presentar posteriormente. La empresa debe tener copias de sus facturas. La Sra. Arroyo Ortega explica que la empresa está reclamando el pago. Al Ayuntamiento le consta la falta de pago y la existencia de esa factura. También se tiene constancia del suministro. Por ello quiere aprobar esa factura. No es lógico que un particular pague las consecuencias desde 1998.

El Sr. Alcalde propone dejar el asunto sobre la mesa. Procediendo a la votación todos los concejales asistentes están de acuerdo en dejar el asunto sobre la mesa y devolverlo a la Comisión informativa de Hacienda para su estudio.

4. RESOLUCIÓN ALEGACIONES ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL DE DIBUJO Y MÚSICA.

El Sr. Alcalde expone que se aprobó por le pleno anterior inicialmente. Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y se han presentado alegaciones. Cede la palabra a la portavoz de su grupo y concejala de Hacienda para explicar este expediente. La Sra. Arroyo Ortega comenta que tras la aprobación provisional de esta ordenanza se presentaron dos alegaciones. La primera de ellas versa sobre la comparación de costes de la modalidad de formación instrumental. Comparaban dos cuestiones diferentes como son la formación instrumental colectiva con la formación individual. Son dos elementos no comparables y formación colectiva y la formación individual. Como no son elementos comparables se desestimaron las alegaciones; la segunda de ellas versaba sobre aspectos más técnicos. La subida de la tasa es superior al IPC debido al elevado coste que supone para las arcas municipales la Escuela de Música. Por ese motivo se decidió incrementar el precio de la tasa un poco más del IPC. EL Sr. González García comenta que su grupo presentó alegaciones por el excesivo incremento de la tasa por la prestación del servicio de música. Es conveniente no modular el coste del servicio a los ciudadanos afectados, puesto que eso puede derivar en una merma del número de matrículas. Pregunta si ha habido alguna renegociación con la empresa del contrato matriz. Esta es una actividad que nos diferencia del resto de localidades. La Sra. Arroyo Ortega contesta que el incremento de la tasa le supone al Ayuntamiento unos mayores ingresos de 1.500 euros con relación a los 60.000 euros que cada año debe abonar el Ayuntamiento para que la Escuela de música funcione.

Sometida la cuestión a votación, por cuatro votos a favor y cuatro abstenciones de los concejales socialistas, haciendo uso el Alcalde de su voto de calidad por los motivos expresados se adopta el siguiente acuerdo:

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.

Primero. El pleno del Excmo. Ayuntamiento de Salas de los Infantes ha aprobado provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de prestación de servicios de Educación Especial de música y dibujo el pasado 26 de julio de 2007. Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 7 de agosto de 2007 a efectos de alegaciones.

Segundo. Examinadas las reclamaciones presentadas en el período de exposición pública han sido rechazadas por la Comisión informativa de Hacienda y Especial de Cuentas quien ha emitido dictamen.

Y sobre la base de lo anterior, se adopta el siguiente ACUERDO:

Primero. Desestimar las alegaciones presentadas por Dª. Carmen Nebreda Cámara, Dª Soraya Martínez Martín y otros y por D. Jesús Ángel González García por no son parámetros comparables una enseñanza colectiva con un instrumento a título individual y además la subida es algo superior al IPC considerando el gran coste de la Escuela de Música para el Excmo. Ayuntamiento de Salas de los Infantes.

Segundo. Aprobar con carácter definitivo, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, la modificación en la imposición de la tasa y la redacción definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de Educación Especial de música y dibujo cuyo texto es el siguiente:

TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL.

Artículo 3°.- 2. Tarifa

A. Enseñanza en la Escuela de Música.

Prestación Precio año Precio mes (€) NIVEL 1 Música y Movimento (Iniciación musical) 325,00 € 32,50 € NIVEL 2: GRADOS ELEMENTAL Y MEDIO. Formación Musical solo 325,00 € 32,50 € Formación instrumental solo (Especialidades Individuales): 1 instrumento 420,00 € 42,00 € Formación instrumental solo (Especialidades Colectivas): 1 instrumento 345,00 € 34,50 € Formación instrumental solo (Cualquier especialidad): 2 instrumentos 805,00 € 80,50 € Formación instrumental solo(Espec Individuales): 1 instrumento 1h/s 805,00 € 80,50 € Formación musical e instrumental (Espec. Individuales): 1 instrumento 555,00 € 55,50 € Formación musical e instrumental(Espec. Colectivas): 1 instrumento 505,00 € 50,50 € Formación musical e instrumental(Cualq. Especialidad): 2 instrumentos 1000,00 € 100,00 € Actividades de conjunto( Corales e instrumentales) GRATIS GRATIS NIVEL 3: GRADOS ELEMENTAL Y MEDIO Formación musical e instrumental: 1 instrumento 1000,00 100,00 Form. Music. e instrum. 1 instrum/hora complem. ½ hora 1500,00 150,00 Actividades de conjunto (Corales e instrumentales) GRATIS GRATIS ÁMBITOS EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS Taller de audición para adultos 175 17,50 AGRUPACIONES CORAL INFANTIL SALAS DE LOS INFANTES. Niños de la escuela. 175 17,50

A los alumnos empadronados a 1 de octubre de 2007, se les descontarán 12 euros. La matrícula se formalizará en las oficinas municipales y ascenderá a 21 euros.

B. Enseñanza en la Escuela Municipal de Dibujo y pintura. Por cada mes de asistencia, 21 Euros. Anual, de Octubre a Junio, 189 Euros. A los alumnos empadronados a 1 de octubre de 2005, se les descontará 8 Euros.

Tercero. Publicar dicho Acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Cuarto. Notificar este Acuerdo a todas aquellas personas que hubiesen presentado alegaciones durante el periodo de información pública.

5. CONVENIO DE COLABORACIÓN CONSEJERÍA MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA “556-BU-566 DE SALAS DE LOS INFANTES. MEJORAS EN LA EDAR”.

El Sr. Alcalde explica que se ha remitido por la Junta de Castilla y León el borrador del Convenio para la ejecución de la nueva EDAR. Se financia al 100% por la Consejería de Medio Ambiente la obra con un importe de 3.500.000 euros aproximadamente. Se señalan las obligaciones por ambas partes y se solicita la aprobación de este Pleno para su aprobación. El asunto ha sido tratado en la Comisión de Urbanismo donde se informó favorablemente con la abstención del representante del PSOE. El portavoz socialista comenta que se abstuvieron por ser un expediente que ya tenía cierto rodaje. Lo primero a señalar es que no es una mejora. Es una EDAR nueva. Es positivo la propuesta de depurar las aguas residuales. La Junta ejecuta la obra y luego te la entrega teniendo que asumir los vecinos los costes del mantenimiento de la nueva depuradora. Este tema de la depuradora ya ha sido tratado anteriormente. Salas tiene una población que oscila bastante. Hay un proyecto ya presentado en el año 2002 que no ha sido contestado por la Junta de Castilla y León en cuanto a su viabilidad. Las parcelas que se proponen, con independencia que el plano donde se especifican confunde el Río Arlanza con el Río Ciruelos presenta serias dudas de que sean las más idóneas, primero por un problema de inundabilidad del lugar y luego por el lugar donde están ubicadas. Sería más lógico que estuviesen en el límite del término municipal donde tendría una caída natural y además liberaría suelo que tiene vocación de industrial. Pedimos que se valore técnicamente y económicamente si esas parcelas son las más idóneas. Es una instalación con un costoso mantenimiento. En unos años la tasa que el Ayuntamiento soportará de CO2 se verá incrementada. Hay instalaciones similares a las que en su día se propusieron que van a ser ejecutadas en la comarca financiadas por la Diputación de Soria que instala depuradoras biológicas en Duruelo, Covaleda... No entendemos porque en Salas no se quiere valorar esa posibilidad. Resumiendo, nos parece bien que haya un acuerdo con la Junta de Castilla y León, pero hay un derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones que les afectan y por ello no podemos asumirlo en estas circunstancias. El Sr. Alcalde explica que el expediente comenzó en el ejercicio 2006. Deberíamos felicitarnos por tener de la Junta de Castilla y León una financiación del 100% del presupuesto cuando en otros municipios sólo se ha financiado en un 90% como máximo. En relación a la ubicación, ésta ha sido hablada con la Junta y con la Confederación Hidrográfica del Duero quien desestimó la ubicación de la anterior depuradora proyectada que era inundable con o sin pantano y se ha ubicado allá donde han dicho los técnicos de CHD y la Junta de Castilla y León que era más propicio y más idóneo. Las parcelas no son de titularidad municipal pero existen mecanismos a proceder a instalarlo allí. Se propuso allí para dar salida a las aguas residuales que tenían que salir del polígono industrial ya que hasta la fecha no había depuración de esas aguas. El coste del servicio ineludiblemente se tendrá que repercutir sobre todos los ciudadanos con independencia del tipo de depuradora que sea. Existe un informe de la Consejería al respecto de la sanidad de un sistema u otro donde se plantea que este tipo de depuradoras de filtros verdes o biodiscos son insuficientes para una localidad con la población de Salas y el mantenimiento es más caro. No existe en el Registro de la Junta de Castilla y león nada sobre la presentación de un proyecto por el Ayuntamiento de Salas de los Infantes. Aquí se pone el proyecto sobre la mesa para sacarlo adelante y se va a trabajar con este proyecto. El Sr. González García recalca la inundabilidad de las parcelas afectadas y más ahora con los taludes del puente de la variante. El informe mencionado por el Alcalde no consta en el expediente. Sobre el tema de los colectores hay que ver su recorrido y el tratamiento de aguas del polígono. Hay un colector en Costana que debe llegar hasta allí y debe atravesar el río. Hay que tener en cuenta del desarrollo de las vías de comunicación. Son cuestiones que a la larga nos van a afectar y es conveniente estudiarlo previamente.

Sometida la cuestión a votación, por cuatro votos a favor y cuatro abstenciones de los concejales socialistas, haciendo uso el Alcalde de su voto de calidad por los motivos expresados se adopta el siguiente acuerdo:

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.

Primero. Visto el escrito proveniente de la Consejería de Medio Ambiente y en concreto de la Dirección General de Calidad Ambiental en relación a la remisión del texto del “Convenio específico de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de Salas de los Infantes para la ejecución de la obra “556-BU-556. Salas de los Infantes. Mejoras en la E.D.A.R.”.

Segundo. Teniendo que prestar la conformidad a la redacción del mencionado convenio por acuerdo del pleno Corporativo.

Tercero. Ha emitido dictamen la Comisión informativa de Urbanismo, obras, Servicios y medio Ambiente.

Y en base a lo anterior , se adopta el siguiente ACUERDO:

Primero. Dar la conformidad al texto del convenio en los términos redactados, facultando al Sr. Alcalde para la firma del mismo en relación al proyecto de ejecución de la obra 556-BU-566. Salas de los Infantes. Mejoras en la E.D.A.R.” por un importe de 3.425.392,97 €.

Segundo. El Ayuntamiento se comprometa a:

* Cumplir el trámite medioambiental que legalmente proceda, debiendo remitir a la Consejería la documentación que acredite este extremo.

* En el caso de obras que no estén sujetas a ninguno de los procedimientos medioambientales legalmente establecidos, el Ayuntamiento deberá someter el proyecto a información pública. A tal efecto, el proyecto se expondrá al público durante el plazo legalmente establecido, si bien se recomienda aplicar la tramitación de urgencia reduciendo el plazo a la mitad. Concluida la exposición pública, se remitirá a la Consejería certificado acreditativo del cumplimiento del trámite, especificando se han presentado o no alegaciones al proyecto, así como, en su caso, las alegaciones presentadas que versen sobre aspectos técnicos, cuyo informe corresponda a esta Administración.

* Prestar su conformidad al proyecto aprobado por la Consejería.

* Poner a disposición de la Consejería de Medio Ambiente los terrenos de necesaria ocupación para la normal ejecución de las obras, Solicitar a la Junta de Castilla y León que se encargue de la tramitación del correspondiente expediente expropiatorio. En todo caso, el Ayuntamiento se hará cargo de la totalidad de los gastos que se derivan de la adquisición de los terrenos (incluidos los gastos originados por la publicación de aquellos anuncios que sean necesarios)

* La aceptación del proyecto y la puesta a disposición de los terrenos, adoptada por el órgano municipal competente, deberá ser comunicada fehacientemente a la Consejería de Medio Ambiente con antelación a la licitación del contrato de ejecución de obra.

* Sufragar los gastos de energía eléctrica durante el periodo inicial de puesta a punto de la instalación que se establezca en el contrato de ejecución de obra.

* Hacerse cargo de la explotación, mantenimiento y conservación de la obra, a partir del momento de su entrega por la Consejería de Medio Ambiente.

* Solicitar la autorización de vertido a la Confederación Hidrográfica que corresponda.

* Establecer una tasa de saneamiento y depuración para hacer frente a los gastos de mantenimiento y explotación de la instalación. Dicha tasa se gestionará sobre la base de los principios de autonomía municipal y con sujeción a la normativa que pudiera emanar de las Cortes de Castilla y León y el resto de leyes vigentes. La correspondiente Ordenanza fiscal deberá estar aprobada con anterioridad a la entrada en funcionamiento de la instalación.

* Aprobar o modificar en su caso, una Ordenanza de vertido compatible con el correcto funcionamiento de la planta depuradora de aguas residuales, previa a la entrada en funcionamiento de la instalación.

* Ejercer la función de comprobación, información, vigilancia e inspección en relación con los vertidos a las redes de alcantarillado.

* Permitir, una vez cedidas las instalaciones, la inspección y control técnico por la Consejería que tendrá derecho a la información oportuna de forma detallada.

* Las instalaciones objeto del presente Convenio podrán ser utilizadas (con las ampliaciones pertinentes) para la solución del problema de contaminación de las industrias, urbanizaciones y municipios cercanos que lo soliciten, previo análisis técnico-económico de la conveniencia de la solución conjunta efectuada por la Consejería.

* En todas aquellas obras en las que se establezca en el contrato un período de explotación, el Ayuntamiento se compromete a participar en el mismo, de forma coordinada y en colaboración con esta Consejería, a través de la designación de un representante de la Entidad.

Tercero. Notifíquese a la Junta de Castilla y León.

II. PARTE DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO.

1. RESOLUCIONES DICTADAS DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA.

El Sr. Alcalde da cuenta de las resoluciones de Alcaldía dictadas desde la última sesión ordinaria, que son desde la número 208 a la número 246 del año 2007. Da cuenta especialmente de la resolución número 229 bis por existir un error en la numeración. Han estado a disposición de los Señores concejales, a los que cede la palabra sin que se realice ningún comentario al respecto.

2. MOCIONES.

El Alcalde informa que no se han presentado ninguna moción por escrito por lo que si hay que hacer alguna de manera oral, invita a los distintos portavoces a que lo hagan.

* El Sr. González García comenta que su grupo propone que desde el Ayuntamiento se soliciten subvenciones para el mantenimiento de la Escuela de Música tanto a la Diputación Provincial como a la Consejería que tiene previsto sacar la segunda quincena del mes que viene. El Sr. Alcalde contesta que en relación a la subvención de Diputación se solicita a la unidad de cultura y en relación a la Consejerías se viene recibiendo anualmente ya esa subvención En años anteriores se recibían sobre 8.000 euros y ahora que ya somos cerca de 17 escuelas se han recibido 6.800 euros. No es necesario el acuerdo del Pleno y seguiremos solicitando estas ayudas. Todos los concejales están de acuerdo para que se soliciten estas subvenciones.

No existiendo ninguna moción más, se pasa al siguiente punto de la parte de control y seguimiento de los órganos de gobierno.

3. RUEGOS Y PREGUNTAS.

El Sr. Alcalde expone que no se ha presentado ningún ruego y pregunta por escrito. Es el turno de realizarlo de modo oral.

* El Sr. Vicario Palacios ruega que los expedientes cuando se realice la notificación del Pleno estén completos. Vine a verlos el martes 25 y no estaban completos. Faltaban las resoluciones de Alcaldía. El miércoles 26 ya estaban.

* El Sr. Arévalo Izquierdo ruega que los expedientes se pasen a la Comisión correspondiente, puesto que se han tratado asuntos de personal en Hacienda. El secretario explica que se trató en la Comisión de Hacienda porque era un asunto que venía de la Corporación anterior y se continuó con su tramitación en la misma comisión que lo hizo anteriormente.

* El Sr. González García ruega que se revise previamente al pago el contrato de espectáculos taurinos sobre todo en lo relativo a la corrida de rejones. Se ruega que la Comisión de Cultura revise ese contrato y lo valore.

* El Sr. González García ruega que si la Consejería dice que no recibió ningún proyecto de la depuradora nueva en 2003 , se les haga llegar el proyecto de EDAR elaborado en su día para que lo valoren.

No existe ningún ruego más.

* En el turno de preguntas la Sra. Velasco Cuesta pregunta por la selección de las limpiadoras del Colegio. Dice que es la primera vez desde 1999 que no se sacan bases de selección. No tenemos constancias de cómo está ese expediente ¿Cómo se han contratado a esas dos personas? Todas estas cosas deben pasar por una Comisión de personal porque para eso tenemos un concejal delegado de personal. El Sr. Secretario contesta que si se hicieron bases y fueron aprobadas por resolución de alcaldía. Posteriormente la Secretaría estuvo de vacaciones y como no estuvo en esas fechas desconoce si se hizo resolución adjudicando y proponiendo la contratación de dos limpiadoras. El Sr. Alcalde emplaza al concejal de personal para que conteste en el próximo pleno y se resuelvan estas dudas.

Y no habiendo más asuntos que tratar en el Orden del día, el Sr. Alcalde Presidente dio por finalizado el acto, y levantó la sesión siendo las 21:00 horas, de la que se extiende la presente acta por mí el Secretario que doy fe.

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