Acta de pleno extraordinario de 30 de julio de 2007

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA Y URGENTE CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES EL DIA 30 DE JULIO DE 2007.

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Salas de los Infantes, siendo las diez horas y cinco minutos del día treinta de julio de dos mil siete, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde Presidente D. Fernando Castaño Camarero, y con asistencia de los Sres. Concejales reseñados al margen, se reunió el Pleno de la Corporación Municipal de Salas de los Infantes, previa convocatoria cursada al efecto, con el objeto de celebrar Sesión extraordinaria y urgente en primera convocatoria.

Asiste y da fe del acto el Secretario D. José Luis Miguel Angulo

A la hora indicada y con el número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria el Sr. Alcalde declara abierto el Acto Público.

1. RATIFICACIÓN DE LA URGENCIA.

El Sr. Alcalde motiva la declaración de urgencia en la importancia de acelerar al máximo el expediente para comenzar las obras que doten de agua el polígono industrial. Es competencia del Pleno por el importe de la obra y cuanto antes se apruebe mejor. Cede la palabra a los diferentes portavoces. El portavoz socialista el Sr. González García comenta que la urgencia, por nuestra parte, entendemos que sí la tiene pero desde hace ya unos cuantos meses porque la prospección ya se había realizado hace un año. Por ello, urgencia sí, pero no sabemos si en este momento. El Sr. Alcalde contesta que el proyecto está entregado en abril. En el último pleno de mayo no era cuestión de traerlo por ser víspera de elecciones y es la primera ocasión para traerlo a Pleno. Se ha visto ya por la Comisión de Urbanismo. Tras este debate se solicitan votos a favor de la ratificación de la urgencia. Se aprueba la urgencia por siete votos a favor y cuatro abstenciones del grupo socialista, por lo que queda ratifica la urgencia.

2. APROBACIÓN PROYECTO “MEJORA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA POLÍGONO INDUSTRIAL SALAS DE LOS INFANTES”.

El Sr. Alcalde explica que para el segundo punto y el tercero, como ya ocurrió en Plenos anteriores hay dos concejales que se deben abstener y por ello entendemos razonable que abandonen el salón de Plenos. Cede la presidencia al primer Teniente de Alcalde, el Sr. Azúa García, quien pasa a presidir la sesión tras la abstención del Sr. Castaño Camarero y la Sra. Castaño Rojo. El Sr. Azúa García comenta que se trata de aprobar el proyecto denominado “Mejora de Infraetructura Hidráulica Polígono Industrial” Cede la palabra a los diferentes portavoces. La portavoz del PP, la Sra. Arroyo Ortega comenta que es una obra necesaria que fue dictaminada por la Comisión informativa de Urbanismo y se propone su aprobación en este Pleno. El portavoz del PSOE , el Sr. González García comenta que se ratifica en lo dicho en el Pleno anterior. Es una obra necesario, no obstante nuestro voto será negativo porque el expediente no está concluido, ni siquiera tramitado de la forma debida y fundamentalmente porque todos los elementos que participan en este proyecto no son de titularidad pública, y mientras eso no se subsane hay un problema de legalidad claro. El Sr. Azúa comenta que hay un documento autorizando a realizar las obras mientras se llega a un acuerdo con el propietario de los terrenos para que pasen a ser de titularidad municipal. El Sr. González García comenta que no lo hemos visto en el expediente. La legislación aplicable y en concreto el art. 44 del RSCL dice que “En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 101, 107 y 242 de la Ley, las Corporaciones Locales que asuman la gestión directa de los servicios relacionados en sus artículos 101 a 103, 107, 164 a 167, 242 a 245 y 285, los prestarán en virtud de la propia competencia que en ellos se les atribuye directamente y, por tanto, sin requerir concesión de ninguna clase para establecerlos y desarrollarlos.” Nosotros creemos que el vecino afectado debe ser perjudicado lo menos posible y que la vía más rápida y más directa sería una expropiación conforme al Reglamento de Dominio Público Hidráulico con la compensación máxima al afectado para que los terrenos pasen a ser de titularidad municipal. El Sr. Azúa comenta que esa es una de las posibilidades.

Sometida la cuestión a votación, por cinco votos a favor y cuatro votos en contra de los concejales representantes del PSOE se adopta el siguiente acuerdo:

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.

Primero. El Ayuntamiento de Salas de los Infantes pretende realizar la obra consistente en la mejora de infraestructura Hidráulica del Polígono industrial de Salas de los Infantes.

Segundo. Se ha redactado por el ingeniero de Caminos D. José Manuel Martínez Barrio el proyecto denominado “Mejora de infraestructura Hidráulica del polígono industrial de Salas de los Infantes”.

Tercero. El mencionado proyecto ha sido dictaminado por la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Medio Ambiente. Por todo lo cual y por cinco votos a favor y cuatro votos en contra de los concejales representantes del PSOE por los motivos esgrimidos se adopta el siguiente acuerdo:

ACUERDO

Primero. Aprobar el proyecto denominado “Mejora de Infraestructura Hidráulica del polígono industrial de Salas de los Infantes”, redactado por el Ingeniero de Caminos D. José Manuel Martínez Barrio 450.500 €, tal y como ha sido redactado.

Segundo. Exponer al público en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia por un plazo no inferior a quince días desde el día siguiente a la publicación en el BOP. De no presentarse reclamaciones, el proyecto se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo o resolución. De presentarse reclamaciones serán resueltas por la alcaldía.

3. APROBACIÓN PLIEGO CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATACIÓN “MEJORA INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA POLÍGONO INDUSTRIAL SALAS DE LOS INFANTES”.

El Sr. Azúa García cede la palabra a los diferentes portavoces. La portavoz del PP, la Sra. Arroyo Ortega comenta que fue dictaminada favorablemente por la Comisión Informativa de Urbanismo y se propone su aprobación en este Pleno. El Sr. González García explica que entre las justificaciones que se aducen para que tenga una tramitación urgente y un procedimiento negociado sin publicidad podríamos entender que tiene una tramitación urgente pero no vemos ninguna de las condiciones que la Ley de Contratos de Administraciones Públicas recoge para realizar un procedimiento negociado sin publicidad( Cuando el contrato no llegara a adjudicarse en un procedimiento abierto o restringido por falta de licitadores; cuando a causa de su especificidad técnica, artística o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva, la ejecución de las obras sólo pueda encomendarse a un determinado empresario). En principio creemos que la tramitación urgente quizás pudiera entrar pero no el procedimiento negociado sin publicidad. El Sr. Azúa solicita asesoramiento al secretario quien hace lectura del artículo 141 del TRLCAP que señala lo siguiente: ” Artículo 141. Procedimiento negociado sin publicidad. Podrá utilizarse el procedimiento negociado sin publicidad previa cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes, que habrán de justificarse en el expediente: a) Cuando el contrato no llegara a adjudicarse en un procedimiento abierto o restringido por falta de licitadores o porque los presentados no hayan sido admitidos a licitación, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato. b) Cuando a causa de su especificidad técnica, artística o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva, la ejecución de las obras sólo pueda encomendarse a un determinado empresario. c) Cuando una imperiosa urgencia, resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al mismo. d) Cuando se trate de obras complementarias que no figuren en el proyecto ni en el contrato, pero que resulte necesario ejecutar como consecuencia de circunstancias imprevistas y su ejecución se confíe al contratista de la obra principal, de acuerdo con los precios que rigen para el contrato primitivo o que, en su caso, fuesen fijados contradictoriamente. e) Cuando se trate de la repetición de obras similares a otras adjudicadas por procedimiento abierto o restringido, siempre que las primeras sean conformes al proyecto base y se hayan incluido en el anuncio del citado procedimiento abierto o restringido y computado su importe para fijar la cuantía total del contrato. f) Los declarados secretos o reservados o cuando su ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado. g) Los de presupuesto inferior a 10.000.000 de pesetas (60.101,21 euros). El Sr. Azúa comenta la imperiosa urgencia de ejecutar la obra por la premura de tiempo para dotar de agua a una empresa que la necesita para comenzar a ejercer su actividad. Sometida la cuestión a votación, por cinco votos a favor y cuatro votos en contra de los concejales representantes del PSOE se adopta el siguiente acuerdo:

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.

Primero. Determinada la necesidad de contratar la obra denominada “ Mejora de Infraestructura Hidráulica en el polígono industrial de Salas de los Infantes” , cuyo importe asciende a 450.500 euros. De conformidad con la Providencia de Alcaldía de fecha 25 de junio de 2007, fue emitido informe por esta Secretaría referente al procedimiento a seguir y a la Legislación aplicable.

Segundo. Con fecha 2 de julio de 2007, y de conformidad con lo dispuesto en Providencia de Alcaldía de fecha 27 de junio de 2007, fueron emitidos informe de Intervención, y redactado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

LEGISLACIÓN APLICABLE

La Legislación aplicable es la siguiente

— Artículos 11, 67 y siguientes, 120 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. — Artículos 21.1.ñ) y 22.2.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local. — Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Visto el expediente, procediendo su resolución por Pleno, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2.n de la Ley de Bases de Régimen Local.

Sometida la cuestión a votación, por cinco votos a favor y cuatro votos en contra de los concejales representantes del PSOE se adopta el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la contratación del proyecto denominado “Mejora de Infraestructura Hidráulica del Polígono de Salas de los Infantes” por el procedimiento de urgencia.

Segundo. Aprobar el expediente de contratación, el gasto con cargo a la partida presupuestaria que corresponda en el presupuesto vigente para este Ayuntamiento.

Tercero. Proceder a la apertura del procedimiento de adjudicación de la obra por procedimiento negociado, sin publicidad, en concordancia con lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas, solicitando oferta a las empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato.

Y no habiendo más asuntos que tratar en el Orden del día, el Sr. Alcalde Presidente dio por finalizado el acto, y levantó la sesión siendo las 10:15 horas, de la que se extiende la presente acta por mí el Secretario que doy fe.

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