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ASISTENTES:
Presidente: D. Fernando Castaño Camarero. (P.P.)
Concejales: D. Romualdo Pino Rojo. (P.P.) Dª Mª Cristina Castaño Rojo. (P.P.) Dª. Marta Pilar Arroyo Ortega. (P.P.) D. Jesús Heras Ibáñez. (P.P.) D. Rodrigo Izquierdo Rojo. (P.P.) D. Jesús Ángel González García. (P.S.O.E.) D. Raúl Vicario Palacios. (P.S.O.E.) Dª Mª Asunción Velasco Cuesta. (P.S.O.E.)
Excusa su asistencia: D. Francisco Azúa García. (P.P.) D. Víctor Urién Montero. (P.S.O.E.)
Secretario: D. José Luis Miguel Angulo.
En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial de Salas de los Infantes, siendo las dieciocho horas y cuarenta minutos del día veintiséis de marzo de dos mil nueve, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Presidente D. Fernando Castaño Camarero, y con asistencia de los Sres. Concejales reseñados al margen, se reunió el Pleno de la Corporación Municipal de Salas de los Infantes, previa convocatoria cursada al efecto, con el objeto de celebrar Sesión ordinaria en primera convocatoria. Asiste y da fe del acto el Secretario D. José Luis Miguel Angulo
A la hora indicada y con el número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria el Sr. Alcalde declara abierto el Acto Público.
El Alcalde excusa la asistencia de D. Francisco Azúa García y D. Víctor Urién Montero. El Sr. Alcalde explica que no hay acta de la sesión anterior por haberse celebrado la semana pasada y no estar todavía redactada la misma.
I.- PARTE RESOLUTORIA.
1. APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL TASA INSTALACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS.
El Sr. Alcalde explica que como ordenanza que es ha sido tratado en la Comisión informativa de Hacienda. A continuación cede la palabra a la portavoz del PP, que es a la vez presidenta de la Comisión de Hacienda. La Sra. Arroyo Ortega explica que consiste en una modificación puntual que se ha visto motivada porque muchas de estas tasas no estaban ajustadas y no estaban actualizadas. En algunas actividades hemos sido asesorados por los monitores deportivos y en otras como el precio de las piscinas se ha incrementado porque no se habían tocado desde hace varios años. Esta ordenanza fue tratada en la Comisión de Hacienda el pasado viernes. El portavoz del PSOE , el Sr. González García expone que en línea con lo manifestado pro nuestro representante en la Comisión nos vamos a abstener puesto que la subida nos parece excesiva en algunas tasas.
Sometida la cuestión a votación, por seis votos a favor y tres abstenciones de los representantes del PSOE por las razones aludidas se adopta el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.
Primero. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de Secretaría de fecha 2 de marzo de 2009, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía de fecha 3 de marzo de 2009 y al estudio técnico-económico del coste relativo a la tasa por la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y recreativas municipales.
Segundo. Visto el informe de la Comisión Informativa de Hacienda y Especial de Cuentas.
Y en base a lo anterior, se adopta el siguiente ACUERDO:
ACUERDO
Primero. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal nº 106 reguladora de la tasa por prestación del servicio de instalaciones deportivas y recreativas municipales, en los términos en que figura el expediente con la redacción que a continuación se recoge:
VI- CUOTAS TRIBUTARIAS.
ARTICULO. 6- La cuantía de la tasa reguladora de esta ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas a continuación, para cada uno de los distintos servicios o actividades, expresadas.
ANEXO
1-INSTALACIONES.
FRONTÓN CUBIERTO EUROS ALQUILER CANCHA POLIDEPORTIVA (CON LUZ) 1 HORA 6 € ALQUILER CANCHA POLIDEPORTIVA (SIN LUZ) 1 HORA 6 € ALQUILER CANCHA POLIDEPORTIVA ( LUZ-AGUA) 1 hora y media 10 € ALQUILER CANCHA POLIDEPORTIVA ( LUZ) 1 hora y media 9 € PERNOCTAR 30 €
PISTAS DE TENIS / PADEL. EUROS INDIVIDUAL 1 HORA 2,50 €. DOBLES 1 HORA 2,50 €
CAMPO DE FÚTBOL EUROS ALQUILER CAMPO SIN LUZ PARTIDO 30 € ALQUILER CAMPO CON LUZ PARTIDO 50 € ALQUILER CAMPO SIN LUZ ENTRENAMIENTO (2 H) 20 € ALQUILER CAMPO CON LUZ ENTRENAMIENTO (2 H) 35 €
PLAZA DE TOROS EUROS MEDIO DIA 40 € TODO EL DIA 60 € ESPECTÁCULOS MUSICALES Y OTROS 150 €
PISCINAS MUNICIPALES (BONOS / ENTRADAS) EUROS ENTRADA INFANTIL (4 A 12 AÑOS,AMBOS INCLUSIVE) 2,00 € / DIA. ENTRADA ADULTO 3,00 € / DIA. ENTRADA MAYOR 65 AÑOS 2,00 € / DIA. BONO INFANTIL Y MAYOR 65 AÑOS. 24 €. BONO ADULTO 36 €.
PISCINA (CURSOS DE 2 SEMANAS) EIROS NATACIÓN MENORES (6-12 AÑOS) 20 €. NATACIÓN MAYORES 20 €. NATACIÓN INFANTIL (3-5 AÑOS) 20 €. CURSO SALVAMENTO Y SOCORRISMO ACUATICO (14-18 AÑOS) 20 €.
SALA DE USOS MULTIPLES (ESPACIO JOVEN) EUROS SIN CALEFACCIÓN (1 HORA) 3 € CON CALEFACCIÓN (1 HORA) 5 €
2-ESCUELAS DEPORTIVAS.
PRIMARIA:
ENTRENAMIENTOS EUROS JUEGOS PREDEPORTIVOS (6-7-8 AÑOS) 30 € TRIM MULTIDEPORTE 30 € TRIM DEPORTES INDIVIDUALES 30 € TRIM ESCUELA BALONCESTO 30 € TRIM 1 ACTIVIDAD 30 € TRIM 2 ACTIVIDADES 50 € TRIM 3 ACTIVIDADES 60 € TRIM ATLETISMO (ESCUELA DEPORTIVA) GRATUITO. ATLETISMO (NO ESCUELA DEPORTIVA) 30 € SEMESTRE
SECUNDARIA / BACHILLER:
ENTRENAMIENTOS EUROS DEPORTE COLECTIVO (2 DÍAS) 40 € TRIM DEPORTE COLECTIVO 1 (DIA) 30 € TRIM ESCUELA DE FÚTBOL (1 DÍA) 30 € TRIM DEPORTES INDIVIDUALES (ESCUELA DEPORTIVA) 10€ TRIM. ATLETISMO (ESCUELA DEPORTIVA) GRATUITO ATLETISMO (NO ESCUELA DEPORTIVA) 30 € SEMESTRE DEPORTES INDIVIDUALES (NO ESCUELA DEPORTIVA) 30 € (6 MESES) 1 ACTIVIDAD (1-2 DÍAS) 30 € 2 ACTIVIDADES (2 –3 DÍAS) 50 € 3 ACTIVIDADES (3 DÍAS) 60 €
ACTIVIDADES DE CUOTA BIMENSUAL.
ESCUELA DE FÚTBOL EUROS ESCUELA DE FÚTBOL (INSCRITO EN ESC.DEP) 2 DÍAS 45 € ESCUELA DE FÚTBOL (NO INSCRITO ESC.DEP ) 2 DIAS 55 € ESCUELA DE FÚTBOL (1 DIA) 35 € ESCUELA DE FÚTBOL (1 DIA) NO INSCRITO ESC.DEP. 45 €
PROMOCIONES DEPORTIVAS:
PROMOCION EUROS TENIS DE MESA 20 € (10 H) TENIS DE MESA (ESC. DEP) GRATUITO. AJEDREZ 20 € (10 H) AJEDREZ (ESC.DEP) GRATUITO ATLETISMO 20 € SEMESTRE ATLETISMO (ESC. DEP) GRATUITO. ESGRIMA 20 € ESGRIMA (ESC. DEP) GRATUITO. PATINES 20 € PATINES (ESCUELA DEPORTIVA) GRATUITO. JUDO 20 € JUDO (ESCUELAS DEPORTIVAS) GRATUITO. ATLETISMO DIVERTIDO 20 € ATLETISMO DIVERTIDO (ESCUELAS DEPORTIVAS) GRATUITO.
3-ACTIVIDADES DEPORTIVAS.
ACTIVIDADES TRIMESTRALES.
ACTIVIDAD EUROS JOGA ( TRIMESTRE / 1 DIA) 30 € MES AERÓBIC (TRIMESTRE / 2 DÍAS) 20 € MES AERÓBIC+PILATES (TRIMESTRE / 2 DÍAS) 25 € MES PILATES (TRIMESTRE / 2 DÍAS) 20 € MES BAILES DE SALON (TRIMESTRE / 1 DIA) 25 € MES BAILES LATINOS (TRIMESTRE/1 DÍA) 25 € MES BATUCA (TRIMESTRE / 1 DIA) 10 € MES AQUAGIM 20 € MES ESGRIMA MAYORES 20 € MES
ACTIVIDADES SEMESTRALES.
ACTIVIDAD EUROS DEPORTES PARA PADRES/MADRES 30 € SEMESTRE
ACTIVIDADES DE CUOTA MENSUAL
ACTIVIDAD EUROS ACTIVIDADES CON PESAS 20 € MES
Segundo. Que se someta a información pública, por un período de treinta días, mediante edicto que ha de publicarse en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar alegaciones o sugerencias.
Tercero. Que se dé cuenta a este Ayuntamiento de las reclamaciones y sugerencias que se formulen, que se resolverán con carácter definitivo, o, en caso de que no se presentaran reclamaciones, el acuerdo provisional pasará automáticamente a definitivo.
Cuarto. Que el acuerdo definitivo y el precepto modificado deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos para su vigencia e impugnación jurisdiccional.
Quinto. Comunicar el acuerdo y la Ordenanza fiscal a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma, dentro del plazo de treinta días siguientes a su aprobación.
2. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS 2/2009.
Se explica por el Sr. Alcalde que se pretende aprobar facturas de ejercicios anteriores y que por lo tanto la competencia para su aprobación es de este pleno. Se trata de ocho facturas por un importe de 5.539,44 euros. Cede la palabra a la portavoz de la Comisión de Hacienda, quien no hace uso de la palabra.
Sometida la cuestión a votación, por unanimidad de todos los concejales presentes se adopta el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.
Primero. Se pretende aprobar el reconocimiento extrajudicial de créditos 2/2009 compuesto por 8 facturas y un total de 5.539,44 €.
Y en base a lo anterior, se adopta el siguiente ACUERDO:
ACUERDO
Primero. Aprobar el reconocimiento extrajudicial de créditos por valor de 5.539,44 €. Segundo. Autorizar, disponer y reconocer el gasto en cada una de las facturas, por el importe y en las partidas presupuestarias procedentes.
Tercero. Dar traslado al área de intervención.
3. CESIÓN PARCELA A CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN PARA AMPLIACIÓN I.E.S. ALFOZ DE LARA.
El Sr. Alcalde explica que es un expediente ampliamente tratado en la Comisión de Urbanismo. En la anterior Junta de Gobierno Local se procedió a la aprobación de la segregación de la parcela y ahora procede la cesión de la misma a la Junta de Castilla y León para que construya la ampliación del I.E.S. Alfoz de Lara. El Sr. Alcalde cede la palabra a los diferentes portavoces quienes no hacen uso de la palabra.
Sometida la cuestión a votación, por unanimidad de todos los concejales presentes se adopta el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.
Primero. Visto el expediente tramitado al efecto, vistos los informes de Intervención, de Secretaría y del Técnico Municipal, y teniendo en cuenta las necesidades de este Municipio.
Segundo. Visto el informe emitido por la Comisión informativa de Urbanismo, Obras, Servicios y Medio Ambiente.
Tercero. Visto el informe emitido por el secretario interventor del Ayuntamiento.
Y en base a lo anterior, se adopta el siguiente ACUERDO:
ACUERDO Primero. Iniciar el trámite de información pública durante quince días en el Boletín Oficial de la Provincia conforme establece el artículo 110.1.f) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha cesión, presenten las observaciones que consideren pertinentes
Segundo. Ceder gratuitamente, en el caso de que no existan observaciones en el trámite de información pública, a la Consejería de Educación el uso de la parcela B-4 del proyecto de segregación tramitado a instancia de la Junta de Castilla y León que consta de una superficie de 496 m2 , para que lo destine a la ejecución de una nueva ampliación del I.E. S. Alfoz de Lara , propiedad del Ayuntamiento de Salas de los Infantes. Tercero. Retornar al patrimonio de este Ayuntamiento el terreno cuyo uso ha sido cedido gratuitamente, si no es destinado al uso previsto en el apartado anterior o cuando deje de funcionar el IES Alfoz de Lara, dejando el terreno en las mismas condiciones que cuando se produce está cesión.
Cuarto. Dar cuenta de la resolución definitiva del expediente a la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
4. CONVENIO DE CESIÓN CENTRO DE TRANSFORMACIÓN A IBERDROLA EN PRADERA MAYOR.
El Sr. Alcalde explica que este expediente consiste en que el centro de transformación ejecutado por el ayuntamiento que hasta la fecha es propiedad del ayuntamiento pase a ser propiedad de Iberdrola. Una vez que ha sido entregado por la empresa adjudicataria de la obra, este ayuntamiento procede a cederlo a la rede general. Es un transformador que se puso en la zona de Pradera Mayor para dar potencia a toda esa zona. Posteriormente se firmará el otro convenio de resarcimiento que ya se trajo a este pleno en fechas anteriores. El Sr. Alcalde cede la palabra al portavoz del P.S.O.E. El Sr. González García expone que se debe modificar el texto del convenio y que donde pone el Alcalde de Belorado ponga el Alcalde de Salas de los Infantes. El Sr. Alcalde recoge que es un convenio tipo y que se subsanará ese error.
Sometida la cuestión a votación, por unanimidad de todos los concejales se adopta el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.
Primero. Vista la necesidad de ceder el centro de transformación que suministre energía eléctrica a las nuevas viviendas de la Calle Pradera Mayor a la empresa Iberdrola S.A.U. una vez que el mismo ha sido ejecutado.
Y en base a lo anterior, se adopta el siguiente ACUERDO:
ACUERDO
Primero. Aprobar la firma del convenio de cesión de instalaciones con Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., cediendo el centro de transformación por el tiempo que esté en funcionamiento el mismo. El contenido del convenio es el siguiente tal y como consta en el expediente administrativo:
CONVENIO DE CESIÓN DE INSTALACIONES
EXP. Nº 9020675612
En Burgos, a 2 de Marzo de 2.009
R E U N I D O S
De una parte, Dª BEGOÑA DIEZ PASTOR, y D. JUAN LUIS SOBRON SOBRON, mayores de edad, provistos de D.N.I., número 13.068.920-K y D.N.I., número 13.284.797-C respectivamente, y con domicilio a efectos del presente contrato de cesión de uso en C/ Alcalde Fernando Dancausa s/n, Polígono Industrial Gamonal-Villímar de Burgos.
Y de otra parte, D. FERNANDO CASTAÑO CAMARERO, mayor de edad, provisto de D.N.I., número 13.135.358-N, con domicilio a efectos del presente contrato en Plaza Jesús Aparicio nº 6 de Salas de los Infantes (Burgos).
I N T E R V I E N E N
Dª. BEGOÑA DIEZ PASTOR y D. JUAN LUIS SOBRON SOBRON, en nombre y representación de Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., C.I.F.- A95075578, con domicilio en 48008-Bilbao, calle Gardoqui 8, representación otorgada mediante escrituras de fecha dieciocho de Junio de dos mil siete, al número 1979 de su protocolo y de fecha veintiuno de Julio de dos mil cinco, al número 2256 de su protocolo respectivamente, ante el Notario del Ilustre Colegio de Bilbao, D. JOSE ANTONIO ISUSI EZCURDIA. D. FERNANDO CASTAÑO CAMARERO, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES y con domicilio en Plaza Jesús Aparicio nº 6 de Salas de los Infantes (Burgos).
Actúan, reconociéndose capacidad suficiente para suscribir el presente contrato, y
EXPONEN
PRIMERO.- EL AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES es dueño, en pleno y absoluto dominio, libre de cargas y con todos sus usos, derechos y servidumbres inherentes, de las instalaciones descritas a continuación, realizadas de acuerdo con los correspondientes proyectos legalizados en el Servicio Territorial de Industria y Energía de BURGOS, y de las que se dispone de la oportuna Autorización Administrativa.
1 Centro de Transformación prefabricado de superficie, denominado “PRADERA MAYOR SALAS” nº 902513069, equipado con una máquina de 250 KVA, L.S.M.T. (13,2 KV) de 250 metros de longitud, L.S.B.T. de 325 metros de longitud, todas ellas con sus respectivas canalizaciones, según proyecto redactado por el I. T. Industrial D. Juan Carlos Peña, con número expediente de Industria AT/27.531.
La situación y el trazado de las redes quedan reflejados en los planos nº 1, 2, 3 y 4 adjuntos, que como anexo inseparable se adjunta al presente documento y ampara la electrificación de la Urbanización Pradera Mayor de Salas de los Infantes con una potencia de 401,39 kw. El citado Centro de Transformación ha sido construido en una superficie de 31,53 m2 y las canalizaciones en una superficie de 450 m2 ambas de propiedad municipal y reflejada en los planos nº 1, 2 y 4. SEGUNDO.- IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U., ha inspeccionado las instalaciones mencionadas en la exposición primera y ha comprobado que se han ejecutado siguiendo sus especificaciones técnicas y de acuerdo con el proyecto aprobado por dicha Sociedad, encontrándolas conformes.
Teniendo convenida la cesión de las citadas instalaciones a favor de IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. la llevan a efecto, con arreglo a las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- EL AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES cede, libres de cargas y gravámenes, las instalaciones descritas anteriormente, a IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U., quien acepta dicha cesión.
SEGUNDA.- Las instalaciones que se ceden quedarán integradas en las instalaciones generales de la Sociedad cesionaria, gozando de las servidumbres necesarias para el cumplimiento de tal finalidad.
Desde este momento las instalaciones quedarán propiedad de IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U., pudiendo, en consecuencia, usar y disponer libremente de ellas, asumiendo la responsabilidad de su uso y conservación.
TERCERA.- Todas las servidumbres constituidas a favor de EL AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES, se traspasan en el presente acto a favor de de IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U., a quien por el cedente, se entregan todos los documentos justificativos de la constitución de servidumbres.
El cedente expresamente se obliga a hacer constar las servidumbres como cláusula a favor de IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. en todo contrato que otorgue de venta o cesión de terrenos sobre los que están establecidas aquéllas.
En caso de omisión total o parcial de lo anterior por parte del cedente quedará responsable ante IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. de los perjuicios que pudieran derivarse.
CUARTA.- El periodo de Garantía de las instalaciones objeto de cesión será de un año para la obra vista y tres para la obra oculta, contado a partir de la firma de este convenio, siendo por su cuenta la reparación y/o sustitución de cuantos defectos de materiales o constructivos se detecten en dicho periodo, así como la responsabilidad de las reclamaciones derivadas de su actuación.
QUINTA.- Independientemente de lo dispuesto en la Estipulación Cuarta, serán de cuenta del cedente o de la Comunidad de Propietarios que se forme, el abono de todos los gastos, impuestos, indemnizaciones por responsabilidades y demás obligaciones contraídas con fecha anterior a la entrada en vigor del presente contrato o derivados de su gestión.
Asimismo, serán de cuenta del cedente, las indemnizaciones que se pudieran producir por daños en propiedades de terceros, ocasionados en el momento de la realización de las instalaciones o como consecuencia de que las mismas se hayan llevado a cabo defectuosamente.
SEXTA.- EL AYUNTAMIENTO DE SALAS DE LOS INFANTES concede en Pleno, la cesión en el uso y disfrute del terreno que ocupa el Centro de Transformación y se concreta en 31,53 m2 y las canalizaciones antes mencionadas de 450 m2, autorizando el emplazamiento y garantizando la permanencia de ellas mientras se utilice al destino de suministro de energía eléctrica, sin pago de tasa ni canon alguno, conforme a los planos nº 1, 2 y 4 adjuntos, en los que se indica la situación y superficie de los terrenos.
SEPTIMA.- El presente contrato podrá ser elevado en todo momento a escritura pública, a petición de cualquiera de las partes, siendo los gastos e impuestos que se causen satisfechos por los comparecientes según Ley, viniendo la parte compelida a su formalización en el plazo de un mes, desde que sea requerida.
OCTAVA.- Para cualquier controversia relativa a este contrato ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de Burgos.
Leído el presente documento por ambas partes, lo firman por duplicado, en el lugar y fecha al principio señalados.
POR IBERDROLA POR EL AYUNTAMIENTO DE DISTRIBUCION ELECTRICA S.A.U. SALAS DE LOS INFANTES
Dª BEGOÑA DIEZ PASTOR D. FERNANDO CASTAÑO CAMARERO
D. JUAN LUIS SOBRON SOBRON
Segundo. Facultar a la Alcaldía para la firma del convenio de cesión y realizar cuantas gestiones sean necesarias para la ejecución del mismo.
5. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL TERCERA FASE TEATRO AUDITORIO.
El Sr. Alcalde explica que el punto quinto es la adjudicación provisional de la tercera fase del teatro auditorio. Con la nueva Ley de Contratos del Sector Público consiste en proceder a realizar una primera adjudicación que posteriormente debe pasar a definitiva. El pasado lunes finalizó el plazo para la presentación de ofertas por los licitadores. La mesa de Contratación propuso la contratación con Tebycon S.A.U. por un importe de 246.872,13 euros. Es ahora el pleno el órgano competente para adjudicarlo. El Sr. Alcalde cede la palabra al portavoz socialista quien recoge que es un expediente largo con cierta deriva administrativa. Por todo ello nuestra posición va a ser de abstención.
Sometida la cuestión a votación, por seis votos a favor y tres abstenciones de los representantes del PSOE por las razones aludidas se adopta el siguiente acuerdo:
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.
Primero. Visto que mediante acuerdo de Pleno de fecha 20 de enero de 2009 se aprobó el expediente y los Pliegos de Cláusulas Administrativas para la adjudicación de las obras consistentes en tercera fase de teatro auditorio, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación y asimismo se procedió a autorizar el gasto que supone la adjudicación del mismo.
Segundo. Visto que con fecha 19 de febrero de 2009 se publicó anuncio de licitación por plazo de veintiséis días en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, a fin de que los interesados presentaran sus proposiciones.
Tercero. Visto que durante la licitación se presentaron las proposiciones que constan en el expediente.
Cuarto. Visto que con fecha 23 de marzo de 2009 se constituyó la Mesa de contratación, y ésta, tras la valoración técnica, realizó propuesta de adjudicación a favor de Tebycon S.A.U., examinada la documentación que la acompaña y de acuerdo con la misma y de conformidad con lo establecido en el artículo 135.3 y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,
Quinto. Ha emitido dictamen la Comisión informativa de Urbanismo, Obras, Servicios y Medio Ambiente.
LEGISLACIÓN APLICABLE
La Legislación aplicable es la siguiente
— Ley de Contratos del Sector Público aprobada mediante Ley 30/2007 de 30 de octubre. — El Título II del Libro II del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Contratos de las Administraciones Públicas. - La Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público aprobada mediante Ley 30/2007 de 30 de octubre.
Visto el expediente, se considera que el mismo ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable y que el contrato pretendido es conforme con la Legislación aplicable, procediendo su resolución por Pleno, de conformidad con lo previsto en la DA 2ª LCSP.
Y en base a lo anterior, se adopta el siguiente ACUERDO:
ACUERDO Primero. Declarar válida la licitación y adjudicar provisionalmente el contrato de obras de tercera fase del teatro auditorio a la empresa Tebycon S.A.U., por el precio de 212.820,80 euros y 34.051,33 euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido , lo que supone un total de 246.872,13 euros y de acuerdo con las siguientes consideraciones: Se amplia el plazo de garantía a tres años y se disminuye el plazo de ejecución a tres meses. Segundo. Notificar la adjudicación provisional a todos licitadores que no han resultado adjudicatarios. Tercero. Notificar y requerir a Tebycon S.A.U. , adjudicatario provisional del contrato, para que presente, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la fecha de publicación de la adjudicación provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y en el Perfil de contratante, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como constituir la garantía definitiva. Cuarto. Publicar la adjudicación provisional del contrato mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y en el Perfil de Contratante. Quinto. Facultar a la alcaldía para proceder a la adjudicación definitiva en el caso de no existir reclamaciones al presente acuerdo y formalizar posteriormente el contrato administrativo.
II. PARTE DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
1. RESOLUCIONES DICTADAS DESDE LA ÚLTIMA SESIÓN ORDINARIA.
El Sr. Alcalde da cuenta de las resoluciones de Alcaldía desde la número 13 a la 58 del año 2009. Da cuenta especialmente de la resolución número 40 bis por ser un error de la numeración. No existiendo ninguna cuestión al respecto se pasa al siguiente punto del orden del día.
2. MOCIONES.
El Alcalde informa que no se han presentado ninguna moción por escrito por lo que si hay que hacer alguna de manera oral, invita a los distintos portavoces a que lo hagan.
* Jesús Ángel González como Portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Salas de los Infantes formula ante el Pleno de manera oral la siguiente
MOCIÓN A la vista de la situación en la que se encuentran la carretera comarcal BU825 de competencia de la Junta de Castilla y León, así como las BUV8210 y BUV8211 correspondientes a la Diputación de Burgos que en los últimos meses han sufrido una degradación considerable, estando en una situación absoluta de falta de conservación y seguridad vial y dado que son las vías exclusivas de acceso a las localidades que al pie se citan, todas ellas de ámbito periférico
El Pleno del Ayuntamiento de Salas de los Infantes
ACUERDA 1.- Dirigirse a ambas administraciones urgiendo a una intervención de recuperación del firme que las haga transitables en una primera instancia , así como que se prevea la inversión y definición de plazos necesarios para su adecuada renovación al objeto de alcanzar estándares de seguridad en circulación y señalización viaria.
2.- Trasladar el presente acuerdo al resto de ayuntamientos afectados para que sea considerado como propio y así le sea comunicado desde cada uno de ellos a la administración regional y provincial
En Salas de los Infantes, a 26 de marzo de 2009 Entidades afectadas: Barbadillo del Pez, Barbadillo de Herreros Hoyuelos de la Sierra Huerta de Arriba Huerta de Abajo Monasterio de la Sierra Monterrubio de la Demanda Neila Riocavado de la Sierra Tolbaños de Arriba Tolbaños de Abajo
El portavoz socialista requiere la reparación urgente de estas carreteras, recordando el acuerdo ya existente entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la comunidad de La Rioja. El Sr. Alcalde explica que la N 825 ha sido objeto de diferentes reuniones con el Secretario General de la Junta por parte de los Alcaldes de los municipios afectados y la semana pasada se envío una carta por los municipios referidos. Estamos a la espera de que nos reciba el delegado de la Junta. Esta reparación estaba incluido en el plan del 2007, y habiéndolo sacado fuera ha quedado sin una fecha para su reparación. Estamos ya en conversaciones con la Junta de Castilla y León. Está ya programada la Declaración de Impacto Ambiental de la N 825.
Sometida la moción a votación es aprobada por unanimidad de todos los asistentes.
No existiendo más mociones se pasa al siguiente punto del orden del día.
3. RUEGOS Y PREGUNTAS.
RUEGOS.
* El Sr. González García en representación del grupo socialista en relación a las obras que se están ejecutando y con la previsión de ejecución de un colector que llevará las aguas residuales a la futura EDAR, hemos observado y nos preocupa la ocupación de la Cañada y el Cordel de Extremadura que pertenece a la Cañada Real Segoviana y como consecuencia a la Red Nacional de Vías Pecuarias. La circunstancia que se da no es tanto la solicitud que está presentada sobre una ocupación temporal sino la coincidencia en el trazado con la calzada romana que une Clunia con Canales y con Tricio en La Rioja. Por ello nos gustaría que por parte de la Junta se haga una tutela efectiva de las obligaciones que como tal tiene y se hagan extensivas a los Ayuntamientos en el informe que con carácter preceptivo se debe emitir. Es un patrimonio cultural arqueológico de valor incalculable que debe mantenerse y protegerse No conocemos el proyecto. No ha pasado por ninguna comisión y suponemos que el proyecto existirá, pero no tenemos conocimiento del mismo. El Sr. Alcalde responde que las obras que están ejecutando la CHD tienen retraso como consecuencia de los informes emitidos por Patrimonio de la Junta de Castilla y León. Han pasado por informes de arqueólogos de la Junta de Castilla y León , quienes dijeron que era un viaducto medieval , que también tiene su importancia pero quizás algo menos que si fuera romano. Asimismo se dieron una serie de recomendaciones a la empresa que está ejecutando las obras. Al respecto de la Cañada es una ocupación del subsuelo y la cañada sigue pasando por encima. El portavoz socialista comenta que nuestra sensación es que no se ha tenido excesivo cuidado en respetar la propiedad de los linderos en la ejecución de las obras. Además si ha habido retrasos ha sido por comenzar tarde las obras, y nunca achacarlo al establecimiento de cautelas necesarias. El alcalde responde que la obra data de febrero de 2006 y ya lleva acumulado demasiado retraso. El Sr. González García señala que no buscamos un interés particular sino un interés general. El Sr. Alcalde recoge el ruego y lo trasladará a la empresa que está ejecutando las obras.
PREGUNTAS.
* El portavoz socialista pregunta en relación a la situación de la contabilidad del año 2006. La presidenta de la Comisión de Hacienda expone que la contabilidad del año 2006 se ha cerrado ya y la liquidación se traerá al siguiente pleno. El portavoz socialista señala que más vale tarde que nunca.
* El portavoz socialista realiza una segunda pregunta en relación a la contestación del Consorcio Provincial de Residuos sobre la petición de reducción del canon o cuota como consecuencia de la cesión de los terrenos para hacer un punto limpio al Ayuntamiento y a los vecinos de Salas. El Sr. Alcalde contesta que de manera escrito no. Sí que han existido algunas consultas verbales. Hasta la fecha no se ha contestado nada por escrito.
* El Sr. Vicario Palacios, concejal del grupo municipal PSOE procede a realizar varias preguntas en relación al Monte Los Valles. Ya se trató en el pleno de fecha 27 de Noviembre de 2007 donde se preguntaba sobre la situación del juicio conocido como “Monte de los Valles” así como la desinformación que existía en el Ayuntamiento sobre el proceso que se estaba llevando, juicio que data de Octubre de 2003 y no anteriormente, tal y como se dijo por el Sr. Alcalde. A esta pregunta se contestó por el Sr. Alcalde diciendo que sí se da cuenta de todo porque le han informado. En base a lo contestado y a la última sesión de la Junta de Ledanías de fecha 25 de Marzo de 2009 se pregunta:
1. ¿ En que situación legal nos encontramos en estos momentos referente a derechos que se tienen actualmente y posibles recursos sobre la ultima sentencia?
El Sr. Alcalde responde que la sentencia es firme con fecha 30 de septiembre de 2008 y posteriormente se ha formulado una aclaración al auto solicitado por el abogado del ayuntamiento de Hacinas. Se ha contestado con fecha 2 de marzo de este año, y siendo firme, no es posible ningún recurso.
El Sr. Vicario Palacios recoge que el Sr. Alcalde dijo que se había recurrido.
El Sr. Alcalde explica que en primera instancia se dio la razón al Ayuntamiento de Salas de los Infantes. Posteriormente la Audiencia lo desestimó y dio la razón al Ayuntamiento de Hacinas. Contra esa Sentencia se recurre en casación contra el TS quien lo ha desestimado definitivamente. El Sr. Vicario aclara que entonces se ha perdido definitivamente.
2. ¿Cuál es el coste económico para el Ayuntamiento de Salas de los Infantes en lo referente a abogados, procuradores, y costas de juicio?
El Sr. Alcalde responde que a día de hoy no tenemos esos datos. El Sr. Vicario Palacios señala que hará esta pregunta en plenos sucesivos.
En este momento se incorpora a la sesión el Sr. D. Francisco Azúa García.
3. El concejal socialista pregunta si se ha hecho una valoración económica de las 600 ha. aproximadamente del Monte los Valles y las pérdidas económicas que conlleva la pérdida del mismo.
El Sr. Alcalde responde que no y que la haremos, a lo que el Sr. Vicario Palacios pregunta si estará para el próximo pleno. El Alcalde responde que no sabe lo que tardará. 4. ¿Cual ha sido la motivación jurídica de la Audiencia Provincial de Burgos así como la del Tribunal Supremo para que al parecer se dé la razón al Ayuntamiento de Hacinas?
El Sr. Alcalde responde que tiene la sentencia a su disposición. Si quieres leo los 14 folios de la sentencia. Explica posteriormente que el Ayuntamiento de Hacinas dice que no se ha hecho uso del monte y el Ayuntamiento de Salas de los Infantes ha argumentado lo que ha podido. Hacinas lo pide como suyo puesto que no se ha usado durante el plazo de 30 años.
5. ¿ Quién ha sido el enlace entre el Ayuntamiento de Salas y la empresa de abogados Lexeco para temas relacionados con el proceso como, pruebas, búsqueda en el archivo, testimonios, asesoramiento de las personas mayores, posibles testigos, etc.?
El Sr. Alcalde responde que el mismo y los técnicos municipales que en su día estaban en el ayuntamiento. El representante socialista establece que entendemos entonces que el último responsable es el Alcalde. El Sr. Alcalde responde que entiende lo que quieras. Sí soy yo el responsable.
6. ¿Por qué motivo no se presentaron pruebas relacionadas con las alegaciones hechas por Hacinas, concretamente al concepto del Usucapión, posesión en concepto de dueño, de forma publica, pacífica y continuada durante un periodo de 30 años?Pruebas como:
• Las actas del deslinde del monte “Erial Campo las Trochas” nº 284 perteneciente al Ayuntamiento de Villanueva y colindante con el “Monte de los Valles” en el mencionado deslinde se puede ver la asistencia de un concejal de Salas así como un funcionario del Ayuntamiento, estas dos personas estaban en representación del pueblo de Salas de los Infantes.
• Testimonio de los representantes de la Sociedad de cazadores de Salas de los Infantes en la que tenían un acuerdo no escrito con la sociedad de cazadores de Hacinas para el reparto de las Ledanías incluido el “Monte los Valles” En estos dos casos se observa como Salas hace uso del Monte los Valles
El Sr. Alcalde responde que nadie se percató de ello. Se aportó cuatro años más tarde por el concejal que ahora pregunta. El Sr. Vicario Palacios señala que poco le ha costado encontrar esa documentación . Hubiese valido cualquier testimonio de algún miembro de la Sociedad de Cazadores de Salas para ejercer nuestros derechos. El Sr. González García recoge que el fue el concejal que junto con Martín acudieron al acta de deslinde de los montes colindantes . Corresponde a los meses de abril-mayo de 2003. No parece de recibo que el equipo jurídico que realiza la defensa municipal ni siquiera repase las actas de deslinde de los montes colindantes. Si lo hubiesen hecho, hubiesen observado que existe una firma y la conformidad de los responsables del Ayuntamiento de Hacinas sobre el uso compartido del Ayuntamiento de Salas y de Hacinas. Tenía que estar en el Ayuntamiento. Que no se quieran asumir responsabilidades y que se intente derivar la responsabilidad a quien pregunta nos parece patético. El Sr. Alcalde contesta que aquí hay una cuestión sobre a quién han puesto el juicio. Voy a dar lectura a un escrito de fecha 13 de junio de 2003 presentado por el anterior Alcalde D. Víctor Urién sobre la relación de asuntos municipales a su salida en el que señala que se ha presentado por el Ayuntamiento de Hacinas una reclamación previa a la vía judicial civil sobre la titularidad del monte de Los Valles. El Sr. González García responde que la fecha de presentación en el Juzgado se produce el día 2 de octubre de 2003. El Sr. Alcalde expone que la vía previa se presenta el día 13 de junio de 2003.
7. ¿Qué posición va a tomar el Ayuntamiento de Salas de los Infantes en cuanto a las relaciones entre ambos Ayuntamientos?.
El Sr. Alcalde responde que si quieren hacemos una declaración de guerra. Pues ninguna .
8. ¿Qué motivación ha tenido el representante de Salas en la Junta de Ledanias para estar de acuerdo con la contratación de la empresa de abogados Lexeco en la sesión de ayer de la Junta de Ledanías para el litigio presentado por Palacios de la Sierra , recordando que esta empresa es la que ha defendido al pueblo de Salas en el juicio del Monte de los Valles con el resultado que el Sr. Alcalde nos esta explicando?
El Sr. Alcalde responde que al igual que en otros 25 juicios que con diferentes resultados nos han llevado. Nos han ganado el 100% de los juicios de Ledanías contra Palacios de la Sierra . Es la misma empresa que con el PSOE ganó cinco juicios al Ayuntamiento contra la mancomunidad. En ese momento, recoge le Sr. Vicario Palacios, no teníamos el juicio Los Valles perdido por una trabajo nefasto y un seguimiento nulo por parte de los abogados en ese caso. 9. ¿ Qué sentimiento le provoca el hecho de ser el responsable directo de una pérdida de patrimonio tan importante por la cual todos nuestros antepasados pelearon, lucharon y trabajaron.?
El Sr. Alcalde responde que ninguno. El Sr. Vicario Palacios pregunta si puede dormir tranquilo, a lo que el Sr. Alcalde responde que mejor que tú. Además el Alcalde señala que en esta sala no es lugar para hablar de los sentimientos del Alcalde. Si tienes una cruzada personal con este tema, adelante. El Sr. Vicario señala que no se han defendido los intereses del pueblo. Si se ha hecho un mal seguimiento del juicio y el Alcalde ha estado informado en todo momento del caso, como así lo dijo en plenos anteriores , se deben asumir responsabilidades. El Sr. Alcalde responde que ojalá se ponga el mismo entusiasmo en todos los asuntos municipales . El Sr. Vicario Palacios finaliza su intervención diciendo al Alcalde que el verá la responsabilidad que tiene y que asume con el puesto que ocupa.
Y no habiendo más asuntos que tratar en el Orden del día, el Sr. Alcalde Presidente dio por finalizado el acto, y levantó la sesión siendo las 19:30 horas, de la que se extiende la presente acta por mí el Secretario que doy fe.
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